Alerta por mensaje de WhatsApp que busca anular votos



Usuarios recibieron un mensaje que invita a añadir dentro del sobre una boleta a favor de una ley que penaliza el maltrato animal. De esta forma, el voto en las Paso quedará impugnado.


Usuarios de WhatsApp recibieron en las últimas horas un mensaje que confunde al electorado ya que busca inducir a anular el voto en las elecciones Paso de este domingo.

El mensaje invita a añadir dentro del sobre una boleta a favor de una ley que penaliza el maltrato animal, además de la lista de legisladores por la que se vote.

En caso de ocurrir el voto será anulado, afectando los porcentajes finales del escrutinio.



También se viralizaron otros mensajes en los que se advierte de la maniobra:

"Acabo de llegar del curso para presidente de mesa. Por favor, no pongan NADA que no sean las boletas oficiales (por el tema de la ley para cuidar perros) porque si no el voto va a ser impugnado!!!! Voto impugnado hace que se separe más el primero del segundo! Ojo‼‼‼", indica una de las cadenas.

"¡ALERTA! ¡DIFUNDIR! Según nos informan, colocarán la boleta de una ley contra el maltrato animal para que la gente las coloque de buena fe y se les anulen los votos", sostiene otro de los mensajes que circulan por WhatsApp.

La Cámana Nacional Electoral aclara qué se considera "voto nulo":

"Los votos nulos son aquellos emitidos mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza; mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier, salvo los supuestos de voto válido; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir y cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella".

Qué tipos de votos existen

Los votos válidos son los emitidos mediante boleta oficializada aun cuando tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina). Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.

El voto en blanco es aquel sobre vacío o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes.

Los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad fuere cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. En este caso el fiscal deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta. Dicho volante se adjuntará a la boleta y sobre respectivo, y lo suscribirá el fiscal cuestionante consignándose aclarado su nombre y apellido, el número de documento cívico, domicilio y partido político a que pertenezca. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicio como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Junta, que decidirá sobre su validez o nulidad.

Los votos impugnados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Para más información consultar la respuesta a la pregunta 21.

Cadena3

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