Provinciales | Iniciaron un sumario al ministro Juan Carlos Tierno por no tener picadas en condiciones

Foto Ilustrat.Archivo: Infohuella
El subsecretario de Protección Ciudadana, Agustín García, informó que se abrió un sumario y se labraron actas por el incendio que se produjo en el campo del ministro de Seguridad, Juan Carlos Tierno. Se constatarán el estado de las picadas.


El funcionario provincial comunicó que se labraron actas y se abrió un sumario, tras el incendio que comenzó sobre la ruta 14 a la altura del kilómetro 200, dentro del campo “Nuevo Mundo” del ministro Tierno. El fuego después saltó la ruta 14 y siguió hacia el norte.

Agustín García, destacó que el acta es un hecho de rutina, un trámite administrativo, ya que en los campos donde hay un incendio y se verifica el estado de las picadas.

Ahora, si se comprueban las denuncias, Tierno podría ser sancionado con multas equivalentes de hasta el costo de 100 mil litros de gasoil.

Hasta 100 mil litros de gasoil

¿Qué dice la Ley Provincial 1354 de Defensa Civil?. En el apartado "De las Sanciones (artículos 13 al 17)" establece lo siguiente:

Artículo 13º) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente Ley será investigado mediante sumario que tramitará la autoridad de aplicación, consujeción al procedimiento que establezca la reglamentación y a los siguientes principios básicos: a) La investigación podrá ser iniciada de oficio, sobre la base de informes confeccionados por inspectores o agentes dependientes de la autoridad de aplicación o por denuncia de cualquier ciudadano legalmente hábil y b) se asegurará el derecho de defensa del imputado o imputados.

Artículo 14º) La autoridad de aplicación, por resolución fijará la sanción a aplicarse al presunto infractor o, en su caso sobreseerá al sumario. La decisión condenatoria será apelable antela Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa.

Artículo 15º) La sanción indicada en el artículo anterior consistirá en una multa en moneda nacional de curso legal, equivalente al precio de venta en la ciudad de Santa Rosa de hasta Cien Mil (100.000) Litros de Gasoil. Si no hubiere precio uniformes e aplicará el precio promedio que rija en Tres (3) bocas de expendio en la ciudad de Santa Rosa.

Artículo 16º) La autoridad de aplicación graduará la multa a aplicarse teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, las consecuencias dañosas que la misma haya causado a la propiedad de terceros o al medio ambiente los daños y peligros potenciales a la seguridad física de otras personas, los antecedentes de infracciones ya cometidas y toda otra circunstancia relevante a tales efectos.

Artículo 17º) Exista o no sumario en trámite y sin perjuicio de las sanciones que eventualmente corresponda imponer, la autoridad de aplicación dispondrá la ejecución inmediata de obras o trabajos, o el cumplimiento de cualquier obligación de hacer por cuenta y a cargo de los infractores o presuntos infractores. En estos casos la ejecución estará a cargo de organismos administrativos y/o terceros especialmente contratados. El reintegro de los importes que asuman estos trabajos será tramitado por la vía de apremio establecida por el Código Fiscal de la Provincia.


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