El gobierno creó la Liquidación Única para la pagar a todos los tamberos

En cada visita a la zona el Subsecretario de Lechería de la Nación Jorge Videla (foto) reconocía el atraso de varios meses entre los anuncios y los hechos. Finalmente el gobierno nacional oficializó la creación del “Sistema de Liquidación Única, Mensual, Obligatoria y Universal” para transparentar la cadena láctea. Era un eterno pedido de los tamberos que deberán aguardar la reglamentación de AFIP. Aseguran que se implementará el próximo mes. 

Enmarcado en el Programa Nacional de Lechería, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el de Economía aprobaron el sistema de pago de la leche cruda sobre la base de Atributos de Calidad Composicional e Higiénico-Sanitarios. 

En el boletín oficial de ayer se publicó la creación de un Sistema de Liquidación Única, Mensual, Obligatoria y Universal “para transparentar la cadena láctea a través del pago de leche por atributos de calidad y leche promedio nacional comparativa”. 

Además apunta a aumentar la competitividad de los productos en el mercado nacional e internacional, preservar la salud de los consumidores, la inclusión en el sistema propuesto a la totalidad de tambos e industrias del país, la promoción de un Laboratorio de Referencia Nacional y una Red de Laboratorios de Análisis de Leche para el pago por Calidad, entre otros objetivos. 

“Se acordó una leche de comparación sobre la base de atributos de calidad composicional e higiénico-sanitarios de carácter nacional, de acuerdo a un conjunto de parámetros de calidad, así como un sistema de gestión de los laboratorios que realizarán los análisis de leche y promover una liquidación única a los efectos de otorgar transparencia, sencillez y comparabilidad para el pago de la leche al productor”, explica el documento. 

Este Sistema de Liquidación Única Mensual, Obligatoria y Universal establece un 80% para el pago por los atributos de calidad composicional e higiénico-sanitarios de la leche cruda y el 20% restante para otras bonificaciones. 

Además, especifica que el análisis de la leche cruda tendrá dos etapas: La primera, en los “laboratorios que cuenten con los elementos y metodologías para realizar los análisis mínimos exigidos, los que deberán estar habilitados y controlados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI – Lácteos), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Industria, cuyos resultados se volcarán en el Resumen mensual de remisión de materia prima, el cual será informatizado vía web y detallará las remisiones de leche cruda como así también, de los resultados de los análisis obtenidos”. 

La segunda etapa prevé como obligatorio que los laboratorios acrediten la norma ISO 17025. 

Luego del análisis, el productor recibirá una planilla sin valor fiscal que contendrá valores de referencia junto con la liquidación mensual, lo que le permitirá comparar la calidad de su leche con la establecida como “Leche de Comparación”. 

Además, los productores podrán consultar en la página web de la Subsecretaría de Lechería, todas las transacciones como “los volúmenes remitidos, resultados de análisis y cumplimiento de los procedimientos acordados”. 

La medida alcanza a las siguientes categorías de operadores del mercado de lácteos: pool de leche cruda, planta de enfriamiento y tipificación de leche cruda, tambo fábrica, elaborador de productos lácteos, usuario de industria láctea/fasonero, y productor abastecedor lechero. 

La implementación del Sistema de Liquidación Única depende de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, y desde hoy entra en vigencia, por lo que deberá ser aplicado en la liquidación del próximo mes. “Su incumplimiento, así como la omisión y/o falseamiento de la implementación y declaración de la liquidación única, será pasible de sanciones”. La AFIP, por su parte, será la encargada de todas las normas relativas a emisión de comprobantes, necesarias para la instrumentación de la liquidación única como documento de uso obligatorio para la documentación de operaciones de venta de leche cruda efectuadas por productores primarios.

EDXD

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