La Pampa será zona no eutanásica para perros y gatos

Foto Arch.: Plan BEn su reunión de ayer de la reunión de Legislación General los diputados resolvieron emitir despacho unánime aconsejando la aprobación del proyecto de ley del diputado Luciano Di Nápoli para declarar a la provincia de La Pampa "zona no eutanásica", entendiendo por tal la prohibición absoluta de sacrificar canes y felinos como método de control poblacional de las respectivas especies. (Foto Arch.: Plan B)


Di Nápoli sostuvo que "el objetivo de esta norma es el cuidado y la tenencia responsable de perros y gatos, en pos del mejoramiento del estado sanitario y el bienestar de los mismos, para lo cual se declara 'zona no eutanásica' al territorio provincial. Con la sanción de la ley se busca prohibir de manera expresa la práctica eutanásica como control de la población de los animales domésticos. Por ello, el proyecto propone la práctica de la esterilización quirúrgica de los animales domésticos en la provincia de La Pampa, como el único método legal de control poblacional de estas especies".

PROAS

Durante el encuentro, presidio por la diputada Carmen Bertone, los legisladores también acordaron en forma unánime solicitar la aprobación del proyecto de ley del diputado César Ballari por la que se modifica la Ley 1.419 Operatoria PROAS.

Ballari sostuvo que "la Ley 1.419 Operatoria PROAS, sanciona un régimen de regularización registral de inmuebles destinado a personas de escasos recursos que carezcan de titulo de dominio o necesiten efectuar tramites legales para perfeccionarlo" pero que "ha perdido eficacia con la evidente desactualización de ciertos parámetros que contiene, por ejemplo, el inciso que supedita la posibilidad de acogerse al programa, a que el inmueble objeto de la decisión administrativa, no supere el monto que determine el Poder Ejecutivo para la exención al impuesto inmobiliario para la vivienda única y permanente que actualmente se encuentra establecida en $ 40.557 y, teniendo en cuenta los valores de los inmuebles en la actualidad, es menester una adecuación de dicho monto, por lo que estimamos que ese límite en la valuación fiscal debe ascender a cien mil pesos".

"Creemos necesario modificar la pauta del inciso e) de ese artículo, en cuanto la misma ha quedado perimida ya que actualmente se ubica en los $ 713 'per capita' del grupo familiar, monto este que no debe ser superado para ser incluido en la operatoria. En su lugar, proponemos establecer como límite socioeconómico para el acceso a los beneficios de la ley, el sueldo inicial de la categoría 14 de la Ley 643, esto es, $ 2.696", señaló Ballari.

En igual sentido se acordó aprobar el proyecto de la diputada Lidia Duperou por el que se modifica esa misma Ley de Operatorìa PROAS.

El Diario de La Pampa

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