Verna propone crear un plan de evacuación y simulacro en inmuebles de uso público

Foto: Hora de Opinión


La siniestralidad en cualquiera de sus formas, es una de las mayores preocupaciones de la sociedad, siendo consideradas por diferentes leyes de Defensa Civil, basadas en la ley Nº 23.554 de Defensa Nacional y fundamentalmente en la ley 24.059, conocida como de Seguridad Interior, a las que responden algunas provincias, mientras que otras, como el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aplica lo normado en la ley Nº 1346, que hace referencia a los edificios privados. (Foto: Hora de Opinión)



Esta multiplicidad de aspectos normativos, no alcanzan a cubrir las situaciones que se generan en caso de incendios, explosiones o advertencias de explosión, especialmente en lo referido a los edificios de uso público.


Esencialmente en lo que se refiere a la preparación de la ciudadanía ante la eventualidad de un desastre.


En razón de ello y tras analizar los mecanismos existentes el Senador Carlos Alberto Verna, presentó un Proyecto de Ley que procura darle marco integral a la norma, haciendo prevalecer en los distintos artículos del mismo, la necesidad de generar los dispositivos necesarios que hagan a la aplicación de un adecuado, pensado y eficazmente ejecutado plan de evacuación.


Se constituye la Autoridad de Aplicación, que deberá ser definida por el Poder Ejecutivo Nacional, siendo sus funciones: organizar, planificar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar la realización de las prácticas de simulacro.


La puesta en marcha de estos ejercicios de simulación, ante casos de posibles siniestros, permitirán detectar deficiencias edilicias, desde el punto de vista de los obstáculos para concretar una rápida y ordenada evacuación.


Se contempla la capacitación y el entrenamiento para el personal y directivos a los efectos de que cada uno asuma el rol que le corresponde en caso de necesidad. Se observa- además- la preparación de los diferentes organismos que deben actuar, por ejemplo instituciones de Salud, que deberán tener planificado como distribuir los posibles accidentados en casos de un siniestro de magnitud.


Esta norma determina- para los que adhieran a la misma- la obligatoriedad de simulacros y el remitir los informes correspondientes al Organismo de Aplicación para detectar el comportamiento ante el evento simulado y corregir -si hiciera falta- los problemas e inconvenientes que pudieran haber surgido.


Por último y ante la aprobación de este Proyecto de Ley, se invita a las provincias a adherir y tomar medidas de iguales características, con las particularidades de cada una de ellas, como una forma de generar responsabilidades de acción similares.


Hora de Opinión

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