Gral. Pico | Jorge envió a la Legislatura proyecto para ceder inmueble y máquinas a Cooperativa de Trabajo "La Histórica" Limitada

El Gobernador de la Provincia, Oscar Jorge, remitió hoy a la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley por el cual se procede a transferir a título gratuito, el inmueble ubicado sobre calle 32 N° 921 de la ciudad de General Pico y sus maquinarias e instalaciones, a la Cooperativa de Trabajo "la Histórica" Limitada. (Foto Archivo)


El citado inmueble se destinaría al funcionamiento de dicha Cooperativa de Trabajo, que ya viene desarrollando sus actividades en el mismo, y se conforma por ex trabajadores de la firma propietaria que allí funcionaba, Luna Hermanos SACEI.

Ante la declaración de quiebra de esta última y la inminente pérdida de su fuente laboral, gran parte de los trabajadores deciden en el año 2000 conformarse como Cooperativa de Trabajo, obteniendo su reconocimiento con la Matrícula Nacional N° 21.855 y Registro Provincial N° 118, continuando bajo esta forma con la actividad económica que venían desarrollando en relación de dependencia.
Dicho Proyecto establece:
  • Art.1: Transfiérase a título gratuito a la Cooperativa de Trabajo La Histórica Limitada, inscripta ante el Registro Nacional de Cooperativas bajo el número de Matrícula 21.855 y en el Registro Provincial bajo el N° 118, el dominio del inmueble propiedad del Estado Provincial, ubicado en la ciudad de General Pico, identificado catastralmente como Ejido 021, Circunscripción I, Radio J, Manzana 14, Parcela 24, Partida Inmobiliaria 600.289.
  • Art. 2: Transfiérase a título gratuito a la Cooperativa de Trabajo La Histórica Limitada el domino de 64 máquinas propiedad del Estado Provincial, las que se encuentran individualizadas en anexo de la ley.
  • ART. 3: La donación se realizará a la Cooperativa de Trabajo La Histórica Limitada con cargo de ser destinados los bienes a la consecución de sus fines cooperativos, bajo condición en caso de incumplimiento, que el inmueble y las máquinas sean reintegrados al dominio de la Provincia, incluidas las mejoras incorporadas, sin derecho a compensación alguna, no pudiendo la donataria retener el inmueble a tal efecto. Igual procedimiento corresponderá en caso de abandono del predio y las máquinas.
La Pampa.gob.ar

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