Provinciales | El domingo entra en vigencia la Ley de descanso dominical

El domingo 6 a las 00 horas entran en vigencia las disposiciones de la Ley N° 2717 que regula la apertura y cierre en determinados horarios de los comercios, habitualmente denominada como "Ley de Descanso Dominical".

La subsecretaria de Industria, Comercio y PyMEs, María Teresa Álvarez, aclaró ayer que se trata de una Ley que fue sancionada por unanimidad por los diputados pampeanos, "tuvo un importante debate en Comisión y según dijeron los diputados llegaron a un importante acuerdo, del cual surge el consenso entre los representantes de los trabajadores y las cámaras empresariales en un espíritu de construcción colectiva", además dijo "se tuvieron en cuenta derechos sociales, conquistas laborales, el merecido descanso dominical para las partes involucradas y también se hizo mucho hincapié en la protección de los vínculos familiares".

Señaló también que dicha Ley y en su Artículo 5, habla de la superficie lo cual es el parámetro para tener en cuenta quienes pueden abrir y quienes no, "dicho parámetro es de 40m2, pero a su vez la Ley pone ciertas exclusiones, como para los viveros, estaciones de servicio o para quienes tengan actividad exclusiva de venta y fabricación de alimentos".

Además, mencionó Álvarez que la misma determina un régimen sancionatorio "que impone dos acciones concomitantes multa y clausura no una u otra, ambas". En ese marco aclaró que "cuando le toca al Poder Ejecutivo tuvo que respetar la jerarquía de dicha Ley".

Seguidamente, la subsecretaria detalló nuevamente algunos ítems de dicha normativa: el horario de trabajo es de lunes a sábado de 6 a 24 horas, de lo cual surge que los domingos no se puede trabajar.

No pueden trabajar quienes tengan establecimientos superiores a 40m2 en un mismo ejido municipal, "por ello se invita a los municipios a colaborar porque ellos tienen los datos de las habilitaciones de los comercios". También se especifican algunas excepciones y enumeró: podrán estar abiertos los locales que procesen, elaboren y comercialicen sus propios productos como fábricas de pastas, panaderías, confiterías, demás servicios gastronómicos, culturales, de esparcimiento, restaurantes o viveros, aunque "se aclara que deben realizar estas actividades en forma exclusiva".

También quienes tengan espectáculos deportivos, las exposiciones rurales y toda actividad en la que intervenga el estado provincial o municipal y tenga servicios de interés turístico.

"El Decreto provincial- remarcó- no hizo más que respetar lo que una Ley de amplio consenso sancionó el día 13 de junio del corriente".

Finalmente, la funcionaria informó que habrá a disposición lugares de consulta, entre ellos la Subsecretaría a su cargo, los Municipios, las Cámaras de Comercio, y los Sindicatos.

Centro Empleados de Comercio

Rodrigo Genoni, secretario del Centro de Empleados de Comercio de la ciudad de Santa Rosa, se mostró muy satisfecho "por el nivel de aceptación que hemos tenido, por eso agradecemos al Gobernador porque nosotros venimos desde hace 3 años luchando por esta Ley que nos permita el descanso dominical".

Y agregó que si bien es una Ley de regulación comercial "tiene un contenido social muy alto, con lo cual la tenemos que dejar caminar para que los comerciantes entiendan esta idiosincrasia". Y continuó "se van a dar cuenta que las ganancias de ellos no van a mermar, tienen que trabajar con tranquilidad, ya que al igual que toda normativa al principio da un poco de resistencia pero después no ofrece inconvenientes, con lo cual creemos que es ampliamente favorable para el sector empresarial y laboral".

Finalmente, dijo que los trabajadores en un 95% votaron que querían cerrar, "hay que hacer hincapié que no nos podemos cerrar en la cuestión económica, sino que acá hay una cuestión social a lo cual no se le puede poner precio, sino que tenemos que respetarla para tener una sociedad más humana y más ordenada", concluyó el representante del Centro Comercial.
 

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