Santa Rosa | Venta de pirotecnia: del 22 de diciembre al 2 de enero

La Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas de Santa Rosa confirmó que la venta de pirotecnia al público, únicamente estará autorizada en el periodo comprendido entre el próximo 22 de diciembre y el 2 de enero siguiente, previa tramitación de un permiso especial.

Esta mañana, en el salón Azul tuvo lugar una capacitación llamada "Seguridad y Manejo de Pirotecnia", organizada por la Municipalidad de Santa Rosa, en conjunto con las delegaciones del Registro Nacional de Armas (RENAR), de las provincias de La Pampa y Neuquén.

La exposición estuvo a cargo de los técnicos Jorge Crespín (RENAR delegación Neuquén), y Elena Galloni (RENAR delegación La Pampa), quienes disertaron sobre la legislación vigente sobre pirotecnia, uso, clasificación y tipos de almacenamiento, y consejos para su correcta y segura manipulación.

El Subdirector de Sanidad y Control de Actividades Económicas de la Municipalidad de Santa Rosa, Claudio Aimar, fue el encargado de realizar la presentación agradeciendo la participación y el interés de todos en acercarse a este tipo de actividades que hacen a la seguridad de las personas.

Elena Galloni destacó que el objetivo de esta jornada "consiste en reducir el número de accidentes, y para ello la legalidad de la pirotecnia es fundamental", dijo. Además, agregó: "cuanto más información hay, menores son los riegos y accidentes".

La jornada estuvo destinada a acopiadores y distribuidores de pirotecnia de la ciudad, junto a la presencia de personal de la Policía y Cuerpo de Bomberos, representantes de las entidades Protectoras de Animales de la ciudad, de la Cámara de Comercio, de Defensa Civil, y del Cuerpo de Inspectores de Comercio del Municipio.

La venta de pirotecnia al público únicamente estará autorizada en el periodo comprendido entre el próximo 22 de diciembre y el 2 de enero siguiente. La única excepción de venta fuera del periodo antes mencionado para su uso en eventos especiales como fiestas de casamiento o aniversario, utilizando solo fuegos de artificio y pirotecnia de tipo lumínico de trayectoria controlada.

La Ordenanza Nº 4259/10, Art. 24, establece que está prohibida la venta y utilización de artificios pirotécnicos de trayectoria impredecible que emitan señales lumínicas fumígenas o de estruendo suspendidas en paracaídas, en especial globos aéreos luminosos encendidos en su interior, impulsados por el propio aire caliente que generan.

Aquellos vecinos que detecten la venta de artículos pirotécnicos que no cuenten con el logo visible de producto autorizado por el RENAR, o que está siendo vendido fuera del periodo autorizado y/o a menores de edad, podrán denunciar dicha situación a la Oficina Municipal de Reclamos al: 435555 o al RENAR 0800-600-4378.

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