La Corte ordenó incluir a Canal 13 en la publicidad oficial

Leé el fallo completo | El tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión. Dijo además que el incumplimiento de las sentencias por parte del Estado es “una clara violación de principios constitucionales”.

La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un recurso de la empresa Artear -Canal 13- para que fuese incluido en el reparto de la publicidad oficial por parte del Estado Nacional.

Por mayoría, los jueces invocaron los antecedentes similares en el caso de Editorial Río Negro y Editorial Perfil, en los cuales instó a un reparto "equitativo" de la publicidad oficial.

El máximo tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático, tanto en lo referente a la libertad que tienen los ciudadanos de expresar sus ideas, como en la protección de la actividad crítica de los periodistas y en el rechazo de todo tipo de censura.

En el fallo se confirma la sentencia de la Cámara que había hecho lugar a la demanda invocando precedentes de la Corte (Rio Negro y Perfil). Los jueces Lorenzetti, Maqueda, Fayt, firman un voto conjunto en el que declaran admisible el recurso, destacan que los precedentes deben ser acatados, y refuerzan la importancia del cumplimiento de las sentencias, máxime en el campo de la libertad de expresión. La jueza Highton adhiere con su propio voto. Los jueces Petracchi y Argibay declaran inadmisible el recurso.

Todos coinciden en confirmar la sentencia, excepto Zaffaroni, quien solicita que se de vista al Procurador.


Cadena3


El Texto Completo del Fallo

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