Megaestadio: la denuncia contra el inspector Lorda apunta a un fraude al estado provincial

lordaEn la denuncia contra Roberto Lorda, el inspector tercerizado por el Gobierno para supervisar la colocación del techo del Megaestadio, se menciona que "existió una acción deliberada" que puede perjudicar al estado provincial. (Foto: El Diario)

El fiscal de Investigaciones Administrativas, Juan Carlos Carola, sostuvo que “existió una acción deliberada que puede causar un perjuicio a la administración pública” en la actuación del ingeniero Roberto Domingo Lorda como inspector tercerizado de la construcción del segundo techo del Megaestadio de Santa Rosa por parte de la empresa INARCO.

Lorda declaró la semana pasada como testigo en el juicio político que impulsó la FIA contra el ministro de Obras y Servicios Públicos, Jorge Varela. En su caso, como no se trata de un funcionario, directamente se le hizo una denuncia penal ante la Fiscalía General. El Diario tuvo acceso a la presentación de Carola, que cuestiona en duros términos la actuación del profesional y sugiere que puede haber incurrido en el delito de defraudación a la administración pública.

Cuando el Gobierno le otorgó un plazo de 420 días a INARCO para que reformulara y colocase el techo del Megaestadio -la primera estructura había fallado por un error de cálculo-, el gobernador Oscar Mario Jorge dispuso la contratación directa de Lorda para hacer el seguimiento de los trabajos. El inspector avaló la suspensión de la obra cuando faltaba un día para vencer y después el pedido de la empresa de 135 días más y treinta millones de pesos para adquirir un apuntalamiento para montar el techo. Ese convenio fue rechazado en la Legislatura provincial y la obra quedó totalmente estancada. Ante la falta de una definición en el tiempo, Carola pidió el juicio político de Varela y denunció penalmente a Lorda.

“Acción deliberada”


En la presentación en la Justicia, Carola indicó que Lorda tenía la “obligación de asesorar e instar para que el ministro adopte las medidas que considerare adecuadas en procura de que el contrato se ejecute en tiempo y forma”.

En el expediente de la FIA Lorda adujo que no le correspondía tomar la decisión de reanudar la obra. Sin embargo, Carola sostuvo que “contaba con el respaldo legal suficiente”, en referencia a la Ley de Obras Públicas y al propio pliego de la licitación.

Una vez que la Legislatura rechazó el convenio para ampliar los plazos, Lorda “se encontraba en condiciones de requerir la prosecución de la obra dando así debido cumplimiento a las obligaciones que asumiera contractualmente”, señaló el fiscal.

En ese sentido, apuntó que Lorda sostuvo en reiteradas ocasiones que era “imposible” continuar con la obra si no se determinaba el costo de una estructura auxiliar para montar el techo. El ingeniero dijo que esa era la única alternativa para terminar la obra y que quedaba “coartada” por la decisión legislativa.

“Debió cumplir estrictamente con los deberes para los que fuera contratado. Si entendía que no existía una solución al problema, debió activar los mecanismos de la administración para definir en forma concreta qué hacer al respecto y no quedarse inmovilizado sin que así se lo ordenasen”, reprochó Carola.

“No puede dejarse de aclarar que se le había encomendado un determinado trabajo, la ejecución de la obra, una vez sancionada la Ley 2516, que requería haber tenido definidas completamente las tareas que exigía la conclusión de la obra en el plazo allí aprobado, siendo su misión primordial hacer cumplir la documentación contractual”, precisó la denuncia.

Carola no dejó pasar por alto que se había decidido la contratación en forma directa de Lorda “dada su capacidad técnica y por el requerimiento que mostraba la complejidad de la obra”. “Se buscó un profesional suficientemente capacitado para evaluar y adoptar las acciones técnicas pertinentes para prever y no caer nuevamente en problemas que permitieran su avance y conclusión en tiempo y forma”, advirtió.

El fiscal dejó por sentado, de ese modo, que si Lorda aceptó la inspección tenía los elementos suficientes para lograr que la empresa completase la obra. “No resulta aceptable que se argumentó que no sabía cómo se iba a colocar el techo, máxime teniendo en consideración que justamente esa instalación del techo fue la causa primordial” del dictado de la ley que extendió los plazos originales de la obra.

Según la denuncia, Lorda no se limitó únicamente a no cumplir el contrato. “Existen antecedentes para sospechar prima facie que existió una acción deliberada que puede causar un perjuicio a la administración pública”, afirmó.

Y acusó al inspector de haber permitido “que transcurriera casi la totalidad del plazo de obra” sabiendo que la empresa no tenía resuelta la forma de montar el techo “sin la aprobación del costo por fuera del contrato de lo que han dado a llamar una obra nueva”.

Cambio sin justificación


Carola advirtió que en los sucesivos informes Lorda solo mencionaba la imposibilidad de contar con la grúa para completar los trabajos a término como fundamento del pedido de una nueva prórroga.

Sin embargo, transcurrido más de un año, estando la obra paralizada para analizar si le daban más plazos a la empresa, Lorda “cambia sin justificación (nada dijo en forma posterior sobre la grúa que originó la paralización) avalando una presentación de la empresa contratista afirmando la necesidad de hacer una obra complementaria e independiente con nuevas erogaciones que imponía (aceptando, convalidando y gestionando como única alternativa viable) al erario provincial”.

“Esta conducta sumada a su inacción posterior” permitió arribar a la FIA a “un grado de sospecha suficiente en cuanto a su imparcialidad en la ejecución de las funciones administrativas delegadas en fraude a la administración pública”.

Por esa razón, pidió a la Justicia una investigación preliminar sobre Lorda, y también que se investigue si hubo algún grado de participación de la empresa y funcionarios públicos.

El Diario LP

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