Reclaman a Cristina convocar a sesiones extraordinarias

ESCUCHA EL AUDIO "La crisis institucional lo exige", dijo el senador socialista Rubén Giustiniani. Diputados y senadores de la oposición solicitarán la apertura del Congreso para tratar la denuncia de Nisman. (Foto Arch.: WEB)





El senador socialista Rubén Giustiniani consideró que la "crisis institucional" que vive el país a raíz de la muerte violenta del fiscal federal, Alberto Nisman, requiere la apertura de sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación.

Cabe recordar que es atributo del Poder Ejecutivo convocar a sesiones extraordinarias, según establece el artículo 99 de la Constitución Nacional.

En diálogo con Cadena 3, Giustiniani señaló que se debe "formar una comisión bicameral" para tratar la denuncia del fiscal Nisman.

Indicó que hoy se reunirán los presidentes de los bloques de la Cámara de Senadores para tratar la "gravedad de esta situación"

Asimismo, instó a formar una "comisión independiente con participación de los familiares de la Amia".

"El Congreso no puede esperar hasta marzo para tratar estos temas porque deben trabajar las comisiones y se deben citar a los funcionarios", indicó.

"La situación institucional es muy grave por la muerte de un fiscal", agregó el senador socialista.

"Hay que darle apoyo y respaldo de la Justicia y el juez Lijo debe avanzar en la denuncia del fiscal Nisman", indicó.

"Y esto debe tener un firme respaldo del Congreso", dijo Giustiniani.

Además, cuestionó las cartas con las que la presidenta de la Nación, Cristina Fernández trató el tema Nisman.

"Habla como jefa de una facción política y no como una Jefa de Estado", indicó.

Reapertura de sesiones

El artículo 63 y el 99, inciso 9, de la Constitución Nacional se refieren a la apertura de sesiones extraordinarias

El primero, reza: Ambas Cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el primero de marzo hasta el treinta de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones.

El apartado del segundo artículo mencionado: Atribuciones del Poder Ejecutivo. Prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, cuando un grave interés de orden o de progreso lo requiera.

Cadena3

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