Provinciales | Gobernador Jorge firmó decretos de convocatorias a elecciones internas y generales, sin colectoras

Firma decretos 06-04El Gobernador de La Pampa, Oscar Mario Jorge, informó que hoy firmó los decretos correspondientes de convocatorias a elecciones generales para el 25 de octubre, para elecciones internas, el 5 de julio. (Foto: GobLP)

A la vez, Jorge precisó que también firmó el Decreto que incorpora a su similar 859/2003, el artículo 9 bis mediante el cual "en las elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas los pre candidatos se presentarán en un único cuerpo de boletas, en una única identidad de línea interna partidaria, excluyéndose la posibilidad de vincularlas materialmente, a través de la unión de sus respectivas boletas de sufragio con otras boletas de distintas categorías de otra línea o línea interna partidaria".

Jorge explicó que este decreto (104/15) tiene como fin "asegurar la estabilidad del sistema electoral provincial que ya tiene 12 años de vigencia. Nosotros pretendemos dar seguridad jurídica al sistema y esto se logra a partir de dos principios fundamentales: la buena fe y la previsibilidad que tiene que tener la ciudadanía para concurrir a las urnas con seguridad y claridad y que no haya cambios inesperados o erráticos de cosas que no están recepcionadas ni en el espíritu ni en la letra de la legislación provincial".

Al respecto recordó que en otras oportunidades se habló de desdoblamiento de elecciones o de derogación del sistema "y eso nunca se ha hecho y no lo vamos a hacer por conveniencia o por fines inconfesables de distintos sectores. Y esto es fundamental: cuando se cambian sistemas electorales debe ser en épocas fuera de las elecciones. En momentos en donde se consulte, se aclare y se informe a la sociedad cambios que estructuren mejor un sistema. Esto tiene otra intencionalidad que es la del oportunismo político. Nosotros siempre hemos mantenido las reglas de juego que están vigentes desde hace 12 años".

Decreto 107/15

Según el artículo 1º del Decreto 107/15: "Convócase para el 5 de julio de 2015 a los partidos políticos y alianzas electorales participantes, a la realización de Elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas, con ajuste a la Ley Provincial N° 2042, sus modificatorias y reglamentación vigente, para la elección de candidatos que participarán en los comicios generales para la renovación de autoridades provinciales, conforme el siguiente detalle:

  • a. Gobernador y Vice Gobernador de la Provincia.
  • b. Treinta (30) Diputados Provinciales titulares y diez (10) Diputados Provinciales suplentes.
  • c. Un (1) Juez de Paz titular y Dos (2) Jueces de Paz suplentes respectivamente en las siguientes jurisdicciones: 1) Abramo, 2) Algarrobo del Águila, 3) Alpachiri, 4) Alta Italia, 5) Anguil, 6) Arata, 7) Ataliva Roca, 8) Bernardo Larroudé, 9) Bernasconi, 10) Caleufú, 11) Carro Quemado, 12) Catriló, 13) Ceballos, 14) Colonia Barón, 15) Colonia Emilio Mitre, 16) Colonia Santa María, 17) Conhello, 18) Coronel Hilario Lagos, 19) Cuchillo Có, 20) Chacharramendi, 21) Doblas, 22) Eduardo Castex, 23) Embajador Martini, 24) General Acha, 25) General Manuel J Campos, 26) General Pico, 27) General San Martín, 28) Guatraché, 29) Ingeniero Luiggi, 30) Intendente Alvear, 31) Jacinto Arauz, 32) La Adela, 33) La Humada, 34) La Maruja, 35) Limay Mahuida, 36) Lonquimay, 37) Luan Toro, 38) Macachín, 39) Mauricio Mayer, 40) Metileo, 41) Miguel Cané, 42) Miguel Riglos, 43) Monte Nievas, 44) Parera, 45) Puelches, 46) Puelén, 47) Quehué, 48) Quemú Quemú, 49) Rancul, 50) Realicó, 51) Rolón, 52) Santa Isabel, 53) Santa Rosa, 54) Santa Teresa, 55) Telén, 56) Toay, 57) Tomás M. de Anchorensa, 58) Trenel, 59) Uriburu, 60) 25 de Mayo, 61) Vértiz, 62) Victorica, 63 Villa Mirasol y 64) Winifreda.

El Decreto 107/15 incluye el Cronograma Electoral para las elecciones internas abiertas obligatorias.
  • 1° Fin de plazo para poner en conocimiento del Tribunal Electoral Provincial la constitución de Alianzas electorales: 27 de abril de 2015.
  • 2° Fin de plazo para presentar listas ante la autoridad partidaria competente: 6 de mayo de 2015.
  • 3° Último plazo para que la Junta Electoral partidaria presente las listas de candidatos oficializadas al Tribunal Electoral Provincial para su control y registro: 13 de mayo de 2015.
  • 4° Fin de plazo para el control y registro de las listas de candidatos por parte del Tribunal Electoral Provincial: 19 de mayo de 2015.
  • 5° Último plazo para el control y registro de las listas de candidatos por parte del Tribunal Electoral Provincial: 1 de junio de 2015.
  • 6° Entrega de boletas a los apoderados de cada una de las listas oficializadas de los partidos políticos intervinientes: 15 de junio de 2015.
  • 7° Acto eleccionario internas abiertas obligatorias y simultáneas: 5 de julio de 2015.

Decreto 104/15

El artículo 1º del Decreto 104/15 dice: Incorpórese al Decreto 859/2003 el artículo 9° bis, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 9° BIS "Establécese que en las elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas los pre candidatos se presentarán en un único cuerpo de boletas, en una única identidad de línea interna partidaria, excluyéndose la posibilidad de vincularlas materialmente, a través de la unión de sus respectivas boletas de sufragio con otras boletas de distintas categorías de otra línea o línea interna partidaria. Las distintas categorías deberán tener una única identidad de línea o lista interna partidaria"

Decreto 106/15

Artículo 1º: "Convócase para el día 25 de octubre de 2015 al electorado de la Provincia de La Pampa, para elegir:
  • a. Gobernador y Vice gobernador de la Provincia.
  • b. Treinta (30) Diputados Provinciales titulares y diez (10) Diputados Provinciales suplentes.
  • c. Un (1) Juez de Paz titular y Dos (2) Jueces de Paz suplentes respectivamente en las siguientes jurtisdicciones: 1) Abramo, 2) Algarrobo del Águila, 3) Alpachiri, 4) Alta Italia, 5) Anguil, 6) Arata, 7) Ataliva Roca, 8) Bernardo Larroudé, 9) Bernasconi, 10) Caleufú, 11) Carro Quemado, 12) Catriló, 13) Ceballos, 14) Colonia Barón, 15) Colonia Emilio Mitre, 16) Colonia Santa María, 17) Conhello, 18) Coronel Hilario Lagos, 19) Cuchillo Có, 20) Chacharramendi, 21) Doblas, 22) Eduardo Castex, 23) Embajador Martini, 24) General Acha, 25) General Manuel J Campos, 26) General Pico, 27) General San Martín, 28) Guatraché, 29) Ingeniero Luiggi, 30) Intendente Alvear, 31) Jacinto Arauz, 32) La Adela, 33) La Humada, 34) La Maruja, 35) Limay Mahuida, 36) Lonquimay, 37) Luan Toro, 38) Macachín, 39) Mauricio Mayer, 40) Metileo, 41) Miguel Cané, 42) Miguel Riglos, 43) Monte Nievas, 44) Parera, 45) Puelches, 46) Puelén, 47) Quehué, 48) Quemú Quemú, 49) Rancul, 50) Realicó, 51) Rolón, 52) Santa Isabel, 53) Santa Rosa, 54) Santa Teresa, 55) Telén, 56) Toay, 57) Tomás M. de Anchorensa, 58) Trenel, 59) Uriburu, 60) 25 de Mayo, 61) Vértiz, 62) Victorica, 63 Villa Mirasol y 64) Winifreda.

Santa Rosa

El Gobernador Jorge también aprovechó la oportunidad para aclarar ciertos comentarios sobre la coparticipación que recibe la ciudad de Santa Rosa, "es un régimen automático, llegan los recursos al Banco de La Pampa y automáticamente se pone por un lado lo que es de la Provincia y por otro, lo que es de los municipios. A los municipios se les transfiere semanalmente a través de los índices que se establecen en forma anual. Se dicta un decreto con la información que brinda cada municipio, donde se refleja la cantidad de inmuebles, automóviles, población y eficiencia en la recaudación. En función de esos datos se establecen los índices, se dan diez días hábiles para que los municipios vengan y puedan observar la documentación. Y ese es el sistema de coparticipación automática que rigió siempre en La Pampa".

"Hasta este momento la distribución de los fondos coparticipables se hace sobre los índices del año anterior. Es un régimen automático que no sé por qué el municipio de Santa Rosa dice que recibió 15 millones menos".

"Vi el balance del mes de diciembre de Santa Rosa, donde tenían 20 millones del fondo de soja y de regalías. Cuando el intendente Larrañaga planteó el problema de la calle Chile, le dimos 6 millones de pesos para que llevara la obra adelante. Esta es una obra muy difícil, porque va un pluvial. Cuando tienen que cavar por debajo de ese caño, hay peligro que se rompa".

En cuanto a la solicitud de la construcción de una nueva terminal por parte de Larrañaga, el Gobernador Jorge indicó que no sucedió tal pedido. "No es fácil cambiar la localización de una terminal. Cuando era intendente, hicimos una modificación de esta terminal con 25 o 30 posiciones. Hay un tráfico enorme de vehículos y combis que van a la terminal. Todas las empresas de colectivos sitúan todas sus oficinas cerca, lo que implica un tema muy complejo. Uno ve las prioridades de una ciudad y también pueden ser temas de agua, cloacas o pluviales, que hay que analizar, ya que son importantes y graves".

También trajo a la ocasión la deuda superior a los 10 millones de pesos que la Municipalidad de Santa Rosa mantiene con la empresa Aguas del Colorado y recordó que la Provincia está subsidiando el agua en más de un 70% y "en la Ley de Municipalidades, el intendente tiene que dar prioridad al pago de los insumos de los servicios, y más que la ley, es un hecho natural. Si alguien es proveedor del municipio y éste no paga, se deja de proveer, para luego generar el problema en la prestación del servicio. Creo que la deuda es de 9 millones o 10 millones".

También, manifestó el Gobernador, "se dice que hemos descuidado Santa Rosa o General Pico. Se ve que viene una orden de decir lo mismo. En General Pico, hace pocos días el secretario de Hacienda dijo que tienen un déficit de 30 millones de pesos, entonces, ¿cómo pagan los sueldos? Milagros, no creo". A General Pico, "debemos dar alrededor de 160 millones de pesos solo para el pago de los salarios, todos los meses", dijo para terminar.

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