Santa Rosa | La FIA recomendó echar a un docente: le proponía sexo a sus alumnas

fiscaliaLa Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) recomendó al Ministerio de Cultura y Educación que eche a un profesor que acosaba y le pedía mantener relaciones sexuales a alumnas. (Foto Arch.: El Diario LP)

La FIA, a cargo del fiscal Juan Carlos Carola, dio a conocer la resolución en su página web, aunque no publicó el nombre del docente. Pidió, también que difunda en las escuelas la Ley Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.

La decisión fue en el marco de "un sumario administrativo ordenado por el Ministerio de Cultura y Educación a un docente por conductas inapropiadas hacia sus alumnas (enviarles mensajes de texto por teléfono celular con propuestas para mantener relaciones sexuales, invitaciones para pasar un fin de semana, invitar a pasear en moto y hacer regalos, entre otros)", según precisa la resolución 302/15.

El Tribunal de Disciplina del Ministerio de Educación votó en forma mayoritaria por la censatía. Es decir, no fue una votación unánime. En la resolución publicada en el sitio web de la Fiscalía no se publicó del docente involucrado.

Además, le pidió al Ministerio que adopte medidas para prevenir estas situaciones.

La FIA realizó estas recomendaciones:

Artículo 1º.- Recomendar al Ministerio de Cultura y Educación se aplique al docente xxxx, la sanción de CESANTÍA prevista en el artículo 80 inciso e) en concordancia con el artículo 85 inciso c) ambos de la Ley 1124 y sus modificatorias, por incumplir con los deberes establecidos en el artículo 5º incisos a), d), e) y f) de la Ley 2511.

Artículo 2º.- Se Recomienda al Ministerio de Cultura y Educación: - La Difusión de las normas tendientes a la Protección Integral de la Mujer, que buscan prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la misma. Incluyendo como instrumentos prioritarios la Convención de Belen Do Pará y la Ley Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, cuyo artículo 1º establece que la misma es de Orden Público y de aplicación en todo el territorio de la República".

El concepto de "violencia de género"

"De las mismas surge el concepto de "violencia de género" que debe ser tenido en cuenta para identificar la problemática y buscar una solución aplicable a la mayor brevedad, debido a que estas situaciones tienden a agravarse con el transcurrir del tiempo", señala la resolución de la FIA.

Explica que "en particular, la Ley Nº 26.485 define "violencia contra la mujer" en su artículo 4º "Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes".

La citada ley señala que "se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción u omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón".

Además le recomendó, en otro artículo de la resolucion, al Consejo Provincial de la Mujer que "colabore con el Ministerio de Cultura y Educación en la promoción y protección de los derechos de este colectivo específico (niñas-mujeres), generando una interacción y unificación de los esfuerzos del Estado".
 
iTextual | El Diario LP

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