Santa Rosa | Abuso sexual: Nueve años de prisión a padrastro

La Cámara en lo Criminal 1 condenó a un hombre de 50 años a nueve años de prisión por haber sido autor del delito de abuso sexual en perjuicio de la hija de su esposa, durante unos cinco años.

Condenaron a un hombre de 50 años a nueve años de prisión por haber sido autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la condición de conviviente y guardador de la víctima. También dispuso que sea detenido cuando el fallo quede firme.

Los jueces Alejandra Ongaro, Elvira Rossetti y Miguel Gavazza dieron por probado, tras el juicio oral y público, que el imputado –un trabajador rural sin instrucción– “produjo actos libidinosos, en forma continuada, en perjuicio de la hija de su esposa” durante unos cinco años, entre que la víctima tuvo 6 o 7 años y 11.

¿En que consistieron esos actos? “En manoseos, besos, penetración digital con inserción de los dedos todo en silencio, sin gritos, ni llantos”, y ocurrieron en el dormitorio de la niña, en el domicilio familiar, a cualquier hora del día y en ocasiones por la noche”.

Los hechos concluyeron cuando la niña empezó a entender el contenido sexual de los manoseos y le contó lo ocurrido a una amiga y luego a su madre. Esto último sucedió cuando tenía 13 años, durante “un episodio circunstancial que desencadenó en una discusión, llegando en el ardor de la controversia a recriminarle que nunca la había cuidado, que no le importaba nada de ella. El tono de los reproches indujo a la abuela materna, allí presente, a preguntarle si el padrastro había abusado de ella, a lo que la niña, con llanto, repitió que sí”, recrearon los jueces.

Durante el proceso, el fiscal Jorge Marcelo Amado solicitó una pena de nueve años para el acusado; mientras que el defensor oficial, Alejandro Osio, planteó su absolución y, subsidiariamente, pidió que sea condenado a la pena mínima de tres años de ejecución condicional por abuso sexual simple. El imputado se limitó a negar la existencia del hecho durante la etapa instructoria y se abstuvo de hablar en el juicio.

El informe victimológico, realizado por una licenciada en psicología, concluyó que “para una joven que se encuentra en etapa puberal, un desarrollo normal se ve favorecido por la protección afectiva de los adultos con que interactúa, con los que obtiene recursos internos y capacidades cada vez más efectivas para responder a distintas situaciones y experiencias. En este caso, uno de los recursos no alcanzados es el sexual y la posibilidad de defenderse frente a requerimientos asimétricos que pudieran provenir del mundo adulto”.

“En cuanto a los síntomas que denotan abuso sexual, (la psicóloga) mencionó que presentaba signos físicos y emocionales –dice el fallo–. Si bien los físicos se relacionan con el relato de la madre, que en alguna oportunidad dijo haber advertido enrojecimiento en la zona vaginal, adquiere mayor significado a los fines periciales lo referido a síntomas emocionales, porque es a partir de los tests aplicados que destacó ‘sensación de derrumbe de la personalidad’, con temor a la pérdida de identidad, presentando una personalidad inhibida en la capacidad de relaciones sociales”.

La profesional indicó que “teniendo en cuenta la edad cronológica, no hubo madurez sexual suficiente para vivir experiencias en ese plano; experiencias que fueron excesivas e impuestas, vividas desde un lugar de sometimiento a otro que lo usa desde una posición de dominio y satisfacción de impulsos inadecuados”.

Además de ese informe, los jueces ponderaron –entre otras pruebas– la declaración testimonial de la amiga y compañera de colegio a quien la víctima le confesó por primera vez los abusos. Por eso indicaron que esas palabras tuvieron “relevancia” para la conclusión final.

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