Santa Rosa | Recorridos inflados: rechazan prescripción y Alcala está más cerca del juicio

La jueza federal subrogante de Santa Rosa, Iara Silvestre, rechazó el pedido de prescripción de la causa conocida como la de los "recorridos inflados" de los colectivos y el exintendente Néstor Alcala (PJ) está más cerca de ir a juicio oral y público, según iTextual. Se especula con que el próximo paso de la magistrada sería la elevación del expediente a juicio. 

Néstor Alcala no es el único procesado. También la acusación recae sobre Jaime Sterin, entonces secretario de Obras Públicas.

Están acusados de haber avalado con su proceder la constatación de más kilómetros de los que en realidad recorría la empresa El Indio -que era propiedad de Diego Osorio, ya fallecido- para obtener mayor cupo de gasoil subsidiado.

La denuncia pública la hicieron los entonces concejales del Frente de la Gente Claudia Giorgis y Alfredo Carrascal, a partir de lo cual el fiscal Jorge Bonvehí impulsó una causa en julio del año 2006.

Osorio falleció un año después. El expediente fue determinando que la maniobra defraudatoria debía contar con la complicidad de funcionarios municipales.

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNR) le redujo a Osorio la ayuda estatal por subsidios de 1.900.000 a 1.200.000 pesos anuales y le ajustó los kilómetros por línea y las frecuencias semanales.

El Indio tuvo la concesión municipal del servicio de transporte público hasta el 30 de septiembre de 2006. La empresa recibió entre enero de 2005 y junio de 2006 un subsidio en efectivo de 843.715,61 pesos y 1.176.568 litros de gasoil a bajo costo, de acuerdo a la información que publicó la Secretaría de Transporte de la Nación en su página de Internet.

Inicialmente Alcala y Sterin habían sido sobreseídos por el juez federal Pedro Zabala (ya fallecido). El magistrado se apoyó en el informe de los peritos del Cuerpo de Contadores Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establecieron que no hubo fraude al Estado.

Sin embargo, esos peritos dejaron dudas: advirtieron que no pudieron acceder a toda la documentación necesaria para realizar el dictamen.

¿Por qué el juez Pedro Zabala los sobreseyó en su momento? El juez expresó que está "corroborado" que a partir de febrero-marzo de 2005 se "aumentaron considerablemente la cantidad de kilómetros recorridos y unidades empleadas en la prestación del servicio" de micros. Pero, manifestó, no lograron beneficios con esa maniobra. Es decir, no hubo fraude al Estado.

El magistrado expresó que los únicos datos que podían hacer variar el cupo a asignar era que se modificase el tipo de chasis de las unidades y no los kilómetros recorridos o la cantidad de vehículos del mismo grupo de chasis.

Posteriormente, los camaristas Néstor Montezanti y Pablo Mera, de Bahía Blanca, revocaron el sobreseimiento y ordenaron que se completara el informe de los peritos.

Finalmente esos nuevos informes fueron presentados, aunque no arrojaron datos que pudieran agravar la situación de los acusados.

En el medio, hubo innumerables idas y venidas del expediente. Entre ellas, Silvestre llegó a elevar a juicio la causa. Dijo que la revocación del sobreseimiento la dejó autorizada a avanzar hacia el juicio oral en el que se debata la responsabilidad penal de los acusados. Además, consideró que el control de la nueva prueba fue garantizado a las partes mediante la notificación de su producción y de sus resultados.

Sin embargo, ante la negativa de la defensa y de la fiscalía, los camaristas se opusieron: argumentaron que, como se produjo nueva prueba, la magistrada antes debió haber corrido vista a las partes. Así, dictó la nulidad de la elevación a juicio.

La jueza, ante estos nuevos pedidos, hizo lugar a los pedidos. Paralelamente, el fiscal subrogante Juan José Baric hizo un nuevo requerimiento a elevación a juicio.

Los defensores se apoyaron en esa decisión de Baric para pedir la prescripción de la causa y, por ende, el sobreseimiento. Argumentaron que entre la indagatoria y el requerimiento de elevación a juicio que hizo Baric había transcurrido más tiempo que el máximo de la pena aplicable, es decir, seis años.

La magistrada respondió que anteriormente hubo otro pedido de elevación a juicio, de la entonces fiscal Marta Odasso, en 2011, que nunca fue declarado nulo. Así, nunca se interrumpieron los plazos prescriptivos. Ahora solo resta elevar nuevamente la causa a juicio.
 
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