Elecciones PASO | Cuánto se debe pagar de multa por no votar en las PASO

Foto Archivo

La secretaria electoral federal de Córdoba, Marcela Martínez Paz, aclaró que no sufragar es una falta electoral. Conocé el monto y qué pasa con las autoridades de mesa que no se presenten.

La secretaria electoral federal de Córdoba, Marcela Martínez Paz, explicó en diálogo con Cadena 3 que los vecinos que hoy no voten en las Paso y no justifiquen la ausencia deberán pagar una multa de $50.

"El que debió votar y no votó, y encima no justificó, aparece en el registro de infractores", añadió.

Si no se vota en las Paso, ¿se puede sufragar el 22 de octubre?

"Todo ciudadano que por una circunstancia no pudo votar ahora, no se traslada es a situación a octubre porque son elecciones independientes", explicó Martínez Paz.

Aclaró, sin embargo, que las Paso son obligatorias al igual que las de octubre.

¿Qué pasa con las autoridades de mesa ausentes?

La secretaria electoral federal dijo que en Córdoba que no tienen registrada ninguna "excusa" de autoridades de mesa notificadas que este domingo no asistan.

"Aquel que sabía que no iba a ir se debió excusar", recordó e insistió: "Todos los que fueron convocados para autoridades de mesa deben presentarse porque es carga pública".

Aclaró que para el Código Electoral la ausencia de la autoridad de mesa es considerado un delito electoral cuya "pena es de seis meses a tres años".

"Eso lo sabe el ciudadano cuando tiene en su mano la designación", apuntó.

Recordó que las autoridades de mesa cobran 600 pesos y "si se capacitan reciben un plus de 450 pesos".

Cómo presentar las justificaciones

En caso de no poder votar por encontrarse a más de 500 kilómetros de la escuela asignada, el ciudadano "debe acudir la comisaría más cercana para que extiendan constancia" que deberá presentarse en la Justicia.

"Lo mismo se aplica para el certificado médico", agregó.

El trámite se puede hacer por Internet, hasta dos meses después de la elección.

¿Quiénes están exceptuados de votar?

El voto es voluntario para los jóvenes a partir de los 16 años y los mayores de 70 años.

Están exentos quienes se encuentren a 500 kilómetros o más del lugar asignado para emitir el votos.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, por otra parte, serán eximidos de votar con el certificado que dé la constancia.

Lo mismo se aplica para funcionarios que deban trabajar ese día.

Martínez Paz indicó que "hay que pensar que votar tiene que ver con la situación electoral de cada ciudadano" al tiempo que destacó la importancia de la obligación civil.

Consultá dónde votás en el padrón definitivo.

Cadena3

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