#ReinserciónLaboral | San Juan: presentan un proyecto para que los presos puedan trabajar

= Foto: WEB = 


Francisco Paladini, dueño de la alimenticia Lomas del Sol e impulsor del proyecto habló con Cadena 3 y remarcó: "Hay que volver a la cultura del trabajo y hacerle ahorrar al Estado", afirmó.


Esta semana se presentó en la Legislatura de San Juan un proyecto de Ley para que los presos puedan trabajar. El texto se titula "Ley de fomento del trabajo de las personas condenadas a penas privativas de la libertad".

El impulsor es Francisco Paladini, dueño de la compañía alimenticia Lomas del Sol, quien sostuvo en diálogo con Cadena 3 que tiene como objetivo "fomentar la cultura del trabajo de las personas privadas de la libertad tanto dentro como fuera del establecimiento carcelario, con el objetivo de favorecer su inclusión y reinserción social".

"Las empresas privadas que los tomarán, sobre todo la construcción, les pagaran a estas personas un sueldo mínimo, vital y móvil. La ley prevé que parte de ese sueldo, según lo que especifique el juez, vaya a la indemnización de las victimas o del bien que hurtó", explicó.

Además contó que otro de los puntos de la ley, contempla exenciones impositivas para aquellas personas humanas o jurídicas que contraten a personas privadas de su libertad.

Hay gente que merece una oportunidad y un día esa gente sale en libertad y no vuelve a conseguir trabajo nunca y no le queda otra alternativa que volver a delinquir.

"Tendrán una deducción en el Impuesto a los Ingresos Brutos equivalente al salario abonado mensualmente a cada empleado contratado en estas condiciones mientras dure su condena y se mantenga la relación laboral", dice el texto.

"Es un proyecto que lo hizo un estudio de Buenos Aires, solamente pueden salir a trabajar aquellas personas que los jueces autorizan para ir a trabajar, no es que vamos a abrir el portón de las cárceles", aclaró.

El proyecto dice que "el Estado provincial deberá reservar un cupo de un 2% anual en favor de las personas que están en condiciones de ser incorporadas al régimen de semilibertad previsto en el artículo 23 de la ley 24.660 o por personas que se encuentran en libertad condicional para las contrataciones directas por plazo determinado de duración menor a un año por servicios de mantenimiento, limpieza, maestranza, refacción, electricidad, carpintería y demás oficios o tareas que puedan ser desarrollados por dichas personas".


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