Revés para el oficialismo | La Corte confirmó que debe cumplirse la ley de financiamiento universitario
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El máximo tribunal del país rechazó la queja del Gobierno, porque aún no hay sentencia definitiva. De esta manera, quedó firme la cautelar que obliga al Estado a actualizar salarios y recomponer programas estudiantiles.
La Corte Suprema de Justicia desestimó la queja presentada por el Poder Ejecutivo Nacional en la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros contra el Estado por el Decreto 759/25, al concluir que el recurso extraordinario no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable.
En una resolución firmada este jueves, el máximo tribunal también rechazó el pedido de excusión formulado en el expediente y remitió a lo resuelto el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa correspondiente a la misma causa.
Según pudo saber Noticias Argentinas, la Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.
En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.
La queja fue interpuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación, en su carácter de parte demandada. El expediente tuvo origen en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y luego intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.









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