#Provinciales | El Gobierno provincial envía proyecto de Ley de Tierras Rurales a la Legislatura

= Foto: APN La Pampa = 

El Gobernador Sergio Ziliotto remitió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley Provincial de Tierras Rurales, que establece un marco normativo para limitar la extranjerización y la tenencia de tierras rurales en la Provincia.

El proyecto establece la prohibición absoluta de venta de tierras, que incluyen recursos naturales estratégicos (ríos, arroyos, lagos, humedales, bosques nativos) o hayan sido declaradas áreas protegidas, a personas físicas y jurídicas extranjeras.

También restringe totalmente la titularidad de tierras rurales por parte de Estados extranjeros y empresas con participación estatal extranjera.

Por otra parte, limita la posesión de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras en cada zona, para que su posesión y explotación puedan poseer segmentos de productividad de cada zona, que desde las 1.000 hasta las 20.000 hectáreas.

Adicionalmente, se determina un tope de extranjerización del 15% a nivel provincial y de un 30% a nivel municipal.

La limitación a personas extranjeras no se aplicará cuando tengan 10 años de residencia, o 5 años de residencia y tengan hijos argentinos o demuestren matrimonio o unión convivencial con ciudadano/a argentino/a de 5 años como mínimo.

Jurisdiccionalmente la competencia provincial específicamente vinculada al poder originario y no delegado del dominio federal, como el uso del suelo, el dominio originario de los recursos naturales — previstas en los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional.

Complementariamente, la iniciativa legislativa se enmarca los artículos 18 y 33 de la Constitución de La Pampa, que establecen la obligación del Estado de preservar el ambiente, articular la propiedad y la función social, y sostener la propiedad como conveniencia de la comunidad, desplegada.

Este proyecto legislativo toma antecedentes de la derogada Ley Nacional N° 26.737 (Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales) y establece un andamiaje de control provincial ante la inexistencia de normativa nacional en la materia.

Prohibición absoluta. Áreas excluidas.

Se prohíbe la prohibición absoluta de venta de tierras, que incluyen o colinden directamente con recursos naturales estratégicos (ríos, arroyos, lagunas, humedales, bosques nativos) o hayan sido declaradas áreas protegidas, a personas físicas y jurídicas extranjeras.

Restricción total.

Este proyecto de ley restringe totalmente el acceso a la compra de tierras rurales a los Estados extranjeros y a las empresas con participación estatal extranjera.

Superficies máximas:

Asimismo, se fijan superficies máximas en poder de personas físicas y jurídicas extranjeras. Para ello se remite a la Ley Provincial 468, que establece la superficie de las Unidades Económicas Agrarias con un criterio objetivo basado en la tenencia de la tierra y la productividad de cada zona.

Dicho criterio varía el máximo de tierra extranjera, oscilará entre 1.000 y 20.000 hectáreas, según su ubicación.

Extranjeros habilitados:

Quedan excluidos de las limitaciones a la cantidad de hectáreas a poseer, las siguientes personas humanas de nacionalidad extranjera:

a) Aquellos que cuenten con 10 años de residencia continua, permanente y acreditada en el país;
b) Aquellos que tengan 5 años de residencia continua, permanente mínimamente acreditada en el país, y acrediten hijos argentinos;
c) Aquellos que se encuentren unidos en matrimonio o unión convivencial con un/a ciudadano/a argentino/a con un mínimo de 5 años de permanencia acreditada en el país y acrediten transmisión de los derechos pertinentes y demuestre residencia continua, permanente y acreditada en el país por igual término.
d) A los hijos de argentinos.

Suspensión especial:

Los extranjeros naturalizados podrán adquirir tierras rurales, sin las limitaciones superficiales previstas en el proyecto, acreditando 2 años de residencia continuada por haber invertido más que las personas físicas y jurídicas.

Similitud con otras provincias.

La propuesta tiene antecedentes en decisiones internacionales. La extranjerización de tierras rurales en el mundo se ha legislado a través de límites y prohibiciones de adquisición, tal como ocurre en el modelo de Uruguay, Paraguay, México, China, Tailandia, en algunos Estados Federales de EE.UU. y Canadá, Suiza, Austria, Hungría, Australia, Nueva Zelanda, Ecuador, Perú, entre otros.

APN La Pampa

Related

Tierras Rurales 883113507263471066

Publicar un comentarioDefault Comments

emo-but-icon

Footer Ads



Clima Santa Rosa

Servicios


Contacto Comercial: [email protected]


Internacionales

Cargando...
=== MÁS NOTICIAS ===

Secciones




Rurales

Cargando...
=== MÁS NOTICIAS ===



Salud

Cargando...
=== MÁS NOTICIAS ===

Evangelio del Día

Santoral





Visitas de los últimos 30 días a LPDXD

item