#Sociedad | Se agrava la causa contra el vecino de Nordelta que disparó a un carpincho y podría ir a prisión

= Foto: WEB =  

La Defensoría del Pueblo de Buenos Aires solicita que se investigue el hecho protagonizado por Sebastián Favre como posible delito contra la fauna silvestre, con penas de hasta tres años.

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires ha solicitado que se investigue el incidente en el que Sebastián Favre, un residente de Nordelta, disparó a un carpincho, considerándolo un posible delito contra la fauna silvestre.

"Lo que solicitamos es otra imputación, más grave, por el ataque a fauna silvestre", expresó la entidad que dirige Guido Lorenzino.

El organismo presentó su solicitud ante la UFI N°1 descentralizada de Benavídez, bajo la dirección del fiscal Cosme Iribarren. Se busca evaluar la aplicación del artículo 25 de la Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna y las disposiciones relacionadas con el maltrato y la crueldad animal de la Ley N° 14.346, que ya están siendo parte de la investigación.

El artículo 25 establece penas para quienes cacen animales de fauna silvestre cuya captura o comercialización esté prohibida, con sanciones que varían de dos meses a dos años de prisión y hasta cinco años de inhabilitación especial.

En casos agravados, la pena puede aumentar a tres años de prisión y hasta diez años de inhabilitación.

La Defensoría considera que este caso podría encuadrarse en la figura agravada, lo que implicaría una inhabilitación para el uso de armas de caza. Aunque se aclara que sería considerado un delito excarcelable, se argumenta que una eventual sanción podría ser ejemplificadora.

Un aspecto fundamental de la presentación es que no es necesario demostrar que alguno de los disparos alcanzó a los carpinchos para evaluar la conducta de Favre bajo la normativa de protección de fauna silvestre.

La Defensoría fundamenta su postura en el Código Rural de la provincia de Buenos Aires, que en su artículo 265 define como acto de caza cualquier técnica destinada a buscar, perseguir, acosar, apresar o matar animales silvestres.

Por lo tanto, la falta de un ejemplar herido o muerto no es suficiente para descartar la relevancia jurídica de los disparos realizados.

Asimismo, el documento señala que el carpincho no se encuentra entre las especies cuya caza está permitida en la provincia de Buenos Aires y, por ende, está protegido por la legislación local.

El escrito también plantea la necesidad de evaluar el lugar donde se realizaron los disparos, ya que el Código Rural establece prohibiciones específicas para la caza en áreas urbanas o suburbanas y en zonas con alta concurrencia de público.

Cadena 3 | Noticias Argentinas

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