El Gobernador decretó exención de Impuesto Inmobiliario para jubilados, pensionados y ex combatientes

Violo
Foto: La Pampa.gov.ar |
El ministro de Hacienda y Finanzas, Sergio Violo, anunció hoy la decisión del Gobernador de la Provincia de decretar la Exención del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano, para los jubilados y pensionados y ex combatientes de Malvinas, que sean titulares de un único inmueble y que tengan un ingreso para los jubilados y pensionados inferior a $3200 y para los ex combatientes no tiene límite de importe.
Mientras que la valuación fiscal del inmueble involucrado no debe superar los $60.835,50. También el contador Violo recordó que el próximo 8 de mayo, opera el vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto mencionado.
"Esto -dijo el ministro- rige para el año fiscal 2012 y es en beneficio de nuestros jubilados y pensionados que rondan entre 3000 y 4000 beneficiarios". Luego señaló que "los mismos podrán acogerse a esta medida presentándose en la Dirección General de Rentas en casa central o en las delegaciones del interior de la Provincia, munidos de la partida del inmueble y una fotocopia del recibo de las remuneraciones para poder completar el formulario correspondiente".
Tal como oportunamente fundamentara el Gobernador al remitir el Proyecto de Ley Impositiva, esta medida es una forma de retribuirles a nuestros jubilados y pensionados, el aporte que con el pago de los impuestos han realizado durante su vida, mientras que para el caso de los excombatientes, constituye un reconocimiento más a los Héroes Provinciales, que tanto dieron por la Patria en defensa de las Islas Malvinas.
Los interesados deberán dirigirse mediante correo electrónico a: [email protected] o telefónicamente a 02954-452615 int. 1258.

Vence Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano

La Dirección General de Rentas informa a los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano, que el próximo 8 de mayo, opera el vencimiento par el pago de la primera cuota, año 2012.
Las boletas para el pago respectivo, han sido remitidas a los domicilios declarados por los contribuyentes. Quienes no las hubieren recibido podrán imprimir los formularios para el pago, a través de la página oficial de esta Dirección www.dgr.lapampa.gov.ar , opción Servicios en Línea, tipeándose Impuesto Inmobiliario /generar formulario de pago, agregando el N° de partida. En las localidades donde no se cuenta con este servicio, deben solicitarse en las oficinas de Rentas respectivas.
Los pagos deberán realizarse en el Banco de La Pampa o en las agencias del Banco por el Sistema Pampa Pagos, receptorías Municipales, UNILPA, CICAR de Gral Pico y Cámara de Comercio de Santa Rosa. También a través de la red Link de cajeros automáticos Homebanking o mediante el servicio de PagoBtoB de la red Interbanking.
Quienes abonen el total del cargo impositivo anual, tienen un descuento del 8% del Impuesto más $5,50, que tiene vigencia hasta el vencimiento de la primera cuota.

La Pampa.gov.ar

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