Santa Rosa | Tres condenas por la muerte de un bebé luego de una transfusión en el Hospital Molas

Este viernes al mediodía, la Cámara del Crimen Nº 1 leyó la sentencia por la muerte de un bebé, como consecuencia de una transfusión excesiva en el Hospital Lucio Molas, el 7 de junio de 2006. 

Relacionada

 
Tres años de prisión condicional para la médica Graciela Evangelista (además de cinco de inhabilitación en guardias pediátricas), un año y medio de prisión a la enfermera Nilda lucero y un año de prisión a la enfermera Sandra Rodríguez.

Los jueces afirmaron que hubo “una cadena de participaciones negligentes que, con distintos grados de responsabilidad por sus condiciones profesionales”, derivaron en el resultado final.

La Cámara del Crimen Nº 1 condenó este viernes a tres años de prisión condicional a la médica Graciela Evangelista (además de cinco de inhabilitación en guardias pediátricas), a un año y medio de prisión a la enfermera Nilda Lucero, y a un año a la enfermera Sandra Rodríguez. 
 
Las tres fueron encontradas culpables del delito de homicidio culposo por la muerte de un bebé, como consecuencia de una transfusión excesiva en el Hospital Lucio Molas, el 7 de junio de 2006.

La sentencia se dio a conocer al mediodía, en la Ciudad Judicial. Lucero también fue inhabilitada por cinco años para trabajar en bancos de sangre y la enfermera Rodríguez por el mismo lapso para cumplir funciones en salas pediátricas.

El tribunal también dio vista al fiscal de turno para que se investigue si el médico Nicolás Marquesoni, que era jefe del Banco de Sangre de Santa Rosa cuando ocurrió el hecho, también incurrió en un delito. De todos modos, en los pasillos de tribunales se especuló con que, en este caso, su conducta estaría preescripta.

La lectura de sentencia la hicieorn los jueces Miguel Vagge y Miguel Angel Gavazza, porque no estuvo la jueza Elvira Rosetti, aunque firmó el fallo. También se ausentó el fiscal Jorge Marcelo Amado. Tampoco los padres del niño fallecido, que actuaron como querellantes y habían presenciado el resto de las jornadas de debate. El veredicto coincidió casi exactamente con el pedido del fiscal Amado y el abogado querellante, Aldo Walter Díaz. Las defensas habían solicitado absolución.

El niño había nacido prematuro, tenía tres meses y pesaba tres kilos. La madre lo llevó al Molas y, como estaba anémico, la médica Evangelista dispuso una transfusión de sangre. En el formulario que envió al Banco de Sangre escrbió “280 cc” y después intentó salvarlo con la inscripción “digo 28-30”. La enfermera Lucero preparó el sachet y lo llevó a Pediatría, donde lo recibió Rodríguez. Las enfermeras iniciaron la transfusión y dejaron al niño al cuidado de la madre. 
 
El bebé, José Ignacio Juarez, recibió 300 cuando la cantidad correcta era 30cc. A las 19.30 comenzó con dificultades respiratorias severas, desmejoró su estado general y fue trasladado a terapia, donde muere a las 23,45.

La médica

En el caso de la médica Evangelista, los jueces aclararon que “el resultado fatal no se produjo como resultado de una prescripción inadecuada, sino por los groseros errores y descuidos cometidos” en su implementación. Indicaron que la médica salvó el error en el formulario “de manera inadecuada y solo aportó mayor confusión al pedido”.

Por otra parte, consignaron que “nada justifica el uso de éste documento que la propia imputada calificó como desprolijo, y no haber confeccionado uno nuevo insertando la cantidad correcta de sangre que se requería, toda vez que según también quedó acreditado la transfusión al menor no se trataba de una urgencia”.

“En suma, el documento confeccionado por Evangelista adolecía de graves inexactitudes que resultaron uno de los factores determinantes en el resultado lesivo”, apuntaron.

Existió claramente un grave descuido de su parte, ello en consideración a la importancia de la practica médica que se iba a efectuar, asimilada a un trasplante, y a la calidad del paciente que estaba destinada, debió prudentemente extremar los cuidados que dicha practica requería a fin de que se realizara en forma satisfactoria y sin duda alguna la solicitud al Banco de Sangre del elemento a transfundir era uno de ellos”, mencionaron.

Evangelista se había defendido declarando que nadie le avisó que se había iniciado la transfusión. Sin embargo, los jueces contrastaron esto con sus propios dichos acerca de que dos veces esa tarde pasó por la sala donde permanecía el niño: “Esto no hace más que denotar una actitud displicente y de descuido respecto al deber de cuidado que la misma tenía respecto al menor Juarez. No le implicaba ninguna demora en la atención de otros pacientes haberse detenido, observar el estado del bebé y haber preguntado sobre el destino de la sangre por ella solicitada”, deslizaron.

La encargada del cuidado de la salud del menor era Evangelista y, consecuentemente, debía en todo momento velar que la misma estuviera lo suficientemente resguardada de errores e ineficiencias como las cometidas”, subrayaron. “Incumplió con los deberes de cuidado que su función le exigía realizando un accionar claramente negligente”, concluyeron.

Las enfermeras

Sobre la enfermera Nilda Lucero, el fallo sostuvo que “surge claramente que la negligencia en la que incurrió, radicó lisa y llanamente en no haber rechazado un formulario que no reunía los standar de calidad que los mismos deben reunir. Ante tal situación debió Lucero actuar con la prudencia que la situación exigía

En base a su experiencia debió advertir que lo solicitado era a todas luces excesivo, debiendo como mínimo efectuar una consulta a quien había solicitado el pedido o bien consultar con sus colegas del Departamento de Hemoterapia, sobre todo tratándose de una practica que no revestía urgencia”, advirtieron.

Su accionar inadecuado e imprudente resultó claramente una de las causas eficientes del resultado lesivo para el menor”, completaron.

Finalmente, respecto a la enfermera Sandra Rodríguez, dijeron que “denota un accionar negligente” de su parte que se halla dado inicio a la transfusión sin el control de un médico.

Resulta sumamente reprochable que el bebé haya quedado solo al cuidado de su madre y si bien es posible que otros pacientes demandaran su atención, las particularidades del caso, requerían una mayor responsabilidad en su cuidado y un continuo control de cómo se iba desarrollando la transfusión, ello a fin de evitar cualquier contingencia como la que finalmente ocurrió”, remarcaron.
 
El Diario LP

Related

transfusión 6546487126752244505

Publicar un comentarioDefault Comments

emo-but-icon


Clima Santa Rosa


Contacto Comercial: [email protected]

Servicios

Evangelio del Día

Santoral




Visitas de los últimos 30 días a LPDXD

item