Congreso | Diputados aprobó la reforma de la ley de Inteligencia

MIRÁ EL VIDEO Con 131 votos a favor y 71 en contra, la Cámara de Diputados dio sanción este miércoles a la reforma de la ley 25520 que crea la nueva Agencia Federal de Inteligencia. Además, Así será la nueva Agencia Federal de Inteligencia

La Cámara de Diputados convirtió esta madrugada en ley el proyecto del Poder Ejecutivo por el cual se reformula el sistema de Inteligencia nacional, que apunta a delimitar las funciones de los agentes de la ex SIDE y establecer un mecanismo transparente de los fondos reservados.

Tras más de seis horas de debate, el oficialismo, con la colaboración con sus habituales aliados, se impuso por 131 votos a favor contra 71 negativos, aglutinados en la mayoría de los representantes del arco opositor, en el marco de una votación que se concretó cerca de las 4.

Para ganar la votación, el bloque de diputados del Frente para la Victoria, reunió la mayoría en base a los 117 votos propios y el apoyo de aliados como Nuevo Encuentro, Frente Cívico de Santiago del Estero, Movimiento Popular Neuquino, el Frente por la Inclusión Social, el Movimiento Solidario Popular, el PJ La Pampa, y el radical disidente Eduardo Santín.

En lo que constituyó la primera sesión extraordinaria del año, la heterogénea oposición conformada por el PRO, el radicalismo, el massismo y el Frente Amplio Progresista concurrió a dar el debate, luego que el oficialismo reuniera el quórum reglamentario, contrariamente a lo que sucedió en el Senado, donde la mayoría del arco opositor optó por no asistir.

Como miembro informante del proyecto en su carácter de presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, la diputada Diana Conti afirmó: “Que las escuchas telefónicas estén en manos de la Procuración o de la Corte no puede ser el eje central de los cuestionamientos de la oposición, porque de última voten en contra de ese artículo pero acompañen el proyecto”.

“Me dan vergüenza los dictámenes de minoría y objeciones planteadas por la oposición”, señaló la diputada kirchnerista, al tiempo que instó "a la opinión pública a que conozca la perversión, la suciedad y la corrupción de un sistema que hoy vamos a estar orgullosos de cambiar”.

Para Conti, "este proyecto apunta a terminar con el contubernio entre agentes de inteligencia y algunos miembros del Poder Judicial”.

Conti destacó que “con el traspaso de la Dirección de Observaciones Judiciales a la Procuración General, ésta va a quedar subordinada totalmente al poder político y, eventualmente, al Poder Judicial”.

“Sacándole la tarea de las escuchas a esa agencia y poniéndola en otro poder del Estado, un extra poder, se le saca la tarea fundamental para que el contubernio entre los agentes y el Poder Judicial deje de existir”, explicó.

Y concluyó: “Es a través de las escuchas donde se ha ido construyendo ese andamiaje. Y contra eso pedimos la solidaridad de este cuerpo para que deje de existir”.

Sin embargo, el pedido de la diputada kirchnerista no fue acompañado por la oposición, que discurso a discurso se encargó de manifestarse en contra de la iniciativa.

Desde el radicalismo, Manuel Garrido señaló que “esta ley que el oficialismo saca a las apuradas, no genera mayor transparencia, no establece un control ni genera un mayor acceso a la información”.

Para Pablo Tonelli, del PRO, “la iniciativa no aborda ni mucho menos soluciona, claro está, los principales problemas en la materia y que son de público conocimiento”.

Por la Coalición Cívica, Fernando Sánchez dijo que "jamás el bloque oficialista tuvo voluntad de ocuparse de tratar los proyectos para regular y modificar los organismos de inteligencia", mientras que desde el Frente de Izquierda, Nicolás del Caño justificó la negativa a acompañar el proyecto al señalar que el mismo "deja en pie todo el andamiaje del nefasto sistema de inteligencia que hay en la Argentina”.

Lo concreto es que el proyecto aprobado disuelve la actual Secretaría de Inteligencia (SI) y crea la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) como organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional, que deberá quedar constituido en un plazo de 90 días.

En cuanto a sus autoridades, el dictamen de mayoría establece que el director y subdirector general serán designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. En el texto se aclara, además, que "el cese de ambos funcionarios podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo nacional".

Además dispone que se mantiene el personal así como los bienes de la actual Secretaría de Inteligencia a la Agencia Federal de Inteligencia, con excepción de la Dirección de Observaciones Judiciales (Ojota) que pasará a depender de la Procuración General de la Nación.

La Procuración General tendrá la función de realizar escuchas telefónicas solo a pedido de un juez, que era una tarea que realizaba la ex SIDE.

De todos modos, las modificaciones más importantes incorporadas al proyecto están relacionadas con la actividad que podrán realizar los agentes de la nueva AFI.

En ese sentido, se establece la prohibición de que los agentes funcionen como auxiliares de la justicia, y solo podrán hacerlo "por pedido expreso del juez en una causa determinada".

Otro punto importante es la reducción de 25 a 15 años del plazo para la desclasificación de información, que ahora será clasificada en tres categorías, como información pública, reservada y secreta.

Así será la nueva Agencia Federal de Inteligencia


Esta son las características salientes de la nueva Agencia Federal de Inteligencia:

Disolución de la actual Secretaria de Inteligencia


La nueva ley dispone el fin de la Secretaría de Inteligencia (ex SIDE) y la creación en un plazo de 120 días de la Agencia Federal de Inteligencia.

Creación de la Agencia Federal de Inteligencia


El nuevo organismo, que seguirá dentro de la órbita del Poder Ejecutivo, tendrá, sin embargo, un director y un subdirector que, si bien serán designados por el PE, deberán pasar por la aprobación del Congreso.

Las tareas


Se estableció que el trabajo de la inteligencia nacional consiste en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad de la Nación y sus habitantes. La ley tipifica, específicamente, en qué consiste cada hecho para la prevención de amenazas internacionales provenientes del terrorismo, el narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas, los cyber-delitos y los delitos contra el orden económico y financiero, como así también toda otra forma de criminalidad organizada en forma internacional. Además, se la ley dispone que las actividades de inteligencia interna quedaran fijas a delitos federales graves y establece que la Agencia será el órgano superior de estas tareas.

El proyecto de ley en su debate parlamentario fue incorporando diferentes modificaciones, las más importantes fueron las relacionadas con la actividad que podrán realizar los agentes de la nueva AFI.

En ese sentido, se estableció la prohibición de que los agentes funcionen como auxiliares de la Justicia, y solo podrán hacerlo "por pedido expreso del juez en una causa determinada".


Sistema de Observaciones Judiciales


La Agencia Federal de Inteligencia será el órgano superior que estará a cargo de las tareas vinculadas con las escuchas que ordenen los jueces. La nueva normativa transfiere a la Procuración del Ministerio Fiscal, del Sistema de Observaciones Judiciales que hasta ahora estaba en el ámbito del Poder Ejecutivo.

Cabe recordar que la Presidenta al anunciar el envío de proyecto de reforma al Congreso había explicado esta medida en función de que el Ministerio Público Fiscal es el único Ministerio extra-poder, es decir, que no depende de ninguno de los tres poderes del Estado. De ahora en más, todo juez o fiscal que necesite pedir una escucha, deberá dirigirse al Ministerio de la Procuración Fiscal.

Ámbito de incumbencia


La Agencia trabajará en un ámbito concreto de defensa frente a ataques externos o frente a delitos complejos por su globalización, como la trata de personas, el narcotráfico, el ciber-delito, o los delitos económicos. Las actividades de inteligencia interna solo quedarán limitadas a la investigación en materia de delitos federales complejos, inteligencia criminal o atentados contra el orden institucional o constitucional que prevé el artículo 36 de la Constitución nacional.

Plazo de vigencia


La ley establece un plazo no prorrogable de 120 días para que la AFI entre en vigencia.

Relación entre la AFI y los poderes públicos


La ley establece una limitante muy importante ya que impone que toda relación o actuación entre la Agencia Federal de Inteligencia y funcionarios o empleados de cualquiera de los poderes públicos federales, provinciales o locales, solo podrá ser ejercida por el director general o por el subdirector. Esto significa que la única vía que tienen los funcionarios para conectarse con la Agencia Federal de Inteligencia, va a ser, precisamente, la institucional en la persona de su director general y su director.

Protección de datos


Le ley crea los bancos de protección de datos y archivos de inteligencia que tendrán como objetivos controlar el ingreso y salida de información en las bases de datos y archivos de inteligencia garantizando de manera prioritaria su reserva constitucional y legal;  asegurar que aquellos datos de inteligencia que, una vez almacenados, no sirvan para los fines establecidos sean destruidos y garantizar que la información no sea almacenada en las bases de datos de inteligencia por razones de raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, de derechos humanos, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier otra esfera.

En este punto cabe consignar que en el debate parlamentaria fue incorporada una modificación al proyeto original y se estableció la reducción de 25 a 15 años del plazo para la desclasificación de información, que ahora será clasificada en tres categorías, como información pública, reservada y secreta.

Las penas


Se establecen penalidades para quienes no cumplan con las disposiciones vigentes, llevándose de 3 a 10 años, o sea, a un delito no excarcelable, a toda persona que interceptare, captare, desviare ilegalmente y en contra de disposiciones de esta ley, comunicaciones telefónicas, postales, de telégrafo o facsímil o de cualquier otro envío de objeto de transmisión de imágenes, voces, paquetes de datos, archivos. Y también, serán reprimidos todos aquellos empleados o funcionarios que tomen -y aquí se crea un nuevo delito- contacto con los servicios de inteligencia por afuera de los canales institucionales.

Nuevo paradigma de inteligencia


La ley tiene por finalidad establecer el marco jurídico en el que desarrollen las actividades los organismos de inteligencia conforme a la Constitución nacional, los tratados de derechos humanos suscriptos y los que se suscriban con posterioridad a la sanción de la ley y a toda otra norma que establezca derechos y garantías.

Transparencia en el manejo de fondos


En relación a los fondos del área, se establece que su contenido es público, pero se resguardará en aquellas actividades cuya publciidad afecte el servicio. Sin embargo, se añadió un señalamiento para conservar información respaldatoria que vele por la transparencia de fondos reservados.

Télam

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