Caso Sclavuno | Gallinger fue condenado a 12 años de prisión

El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa condenó a doce años de prisión a Néstor Roberto Gallinger por haber intentar matar a su esposa. De esta manera, los jueces le dieron la razón al fiscal Máximo Paulucci, quien la semana pasada había reclamado esa pena. Fue encontrado autor de los delitos de amenazas con arma impropia, homicidio doblemente agravado en grado de tentativa y amenazas simples.  (Foto Archivo)

 
Así, se dio por probado que Gallinger le arrojó chorros de nafta a su exesposa, Patricia Sclavuno, el 22 de mayo del año pasado a la madrugada, en la casa que compartían en la calle Calandria al 700, en medio de una discusión. También que ese mismo día, a la tarde, la agredió con golpes y patadas y que nuevamente le arrojó nafta -generando el encendido del combustible en el predio de la vivienda-.

Además, acreditaron que el 26 de mayo, estando detenido en la alcaidía local, Gallinger llamó por teléfono a la empresa Tecxen Alarmas y le dijo a Sclavuno "ya sabés lo que te va a pasar..."

Los defensores Vanesa Ranocchia Ongaro y Marcos Paz habían planteado la absolución de Gallinger y habían pedido que podría corresponderle el beneficio de la duda.

El Tribunal de Audiencia está conformado por los jueces Daniel Sáez Zamora, Gastón Boulenaz y Carlos Besi. Sáez Zamora fue el que fundamentó su voto, y al que adhirieron posteriormente los otros dos magistrados del tribunal.

Dijo que el relato de Sclavuno es veraz. "Su relato se lo observó consistente y coherente, en el que observé que la testigo describió las percepciones de su vivencia en cada una de las situaciones investigadas, incluso la mención del calor producido por el fuego, el sonido de las llamas y el olor al combustible", dijo. "La testigo se mantuvo en sus dichos, sin fisuras, a pesar del interrogatorio efectuado, incluso en ocasión del contraexamen, con preguntas ya contestadas, reiterando su relato y aún en esos momentos, no observé contradicciones o puntos débiles en su testimonio. Por otro lado, su versión es conteste con otros testigos y las declaraciones efectuadas por las profesionales que depusieron también en la audiencia o de los informes agregados".

"En definitiva, valoro la declaración de Sclavuno como un testimonio veraz y creíble dado su propia declaración y la concatenación con la restante prueba reunida", agregó.

Dijo que Gallinger es un violento y que no cree en su versión. "La prueba de informes y documental aportada durante la audiencia, me permite semblantear la personalidad del acusado, como alguien que ejerce la violencia hacia otras personas como conducta habitual, sin que ello sea producto de una patología que le quite capacidad de culpabilidad, tal como lo sostienen en su informe forense", dijo Sáez Zamora.

"En su larga y detallada exposición, en términos generales hace referencia sobre los hechos investigados, con la salvedad que en los momentos que resultan incriminatorios los minimiza o cambia el sentido de los mismos, tratando de acomodarse en una mejor posición frente a la acusación existente", sostuvo el juez. "A Gallinger en su declaración lo observé más preocupado sobre situaciones íntimas, patrimoniales y societarias, que por su situación procesal y por los cuales le puede recaer una seria sanción penal".

"Lo cierto es que Gallinger, frente a la prueba existente, no la pudo desvirtuar desde su versión, especialmente que nunca pudo explicar cómo se produjo la combustión en el patio de su casa, lo que claramente fue explicado por testigo Sclavuno, las fotografías y los informes. Es por ello que considero a su declaración como la humana y natural forma de intentar lograr una mejor posición fáctica y legal, frente al plexo probatorio existente".

"Observo que Gallinger -expresó el magistrado- no ha hecho ninguna introspección de todo lo sucedido hasta la fecha. Prueba de ello, es que durante su declaración, la misma se basó fundamentalmente en la cuestión financiera, patrimonial, empresarial y hasta de su vida sexual, pero lo observé con una mínima preocupación por su situación procesal y los efectos lesivos de sus acciones. Prueba de ello son sus palabras finales, al sostener que de haber sabido que Sclavuno -según un testigo- se había apoderado de un dinero de su propiedad, no se hubiera casado".

"Por otro lado, si bien los antecedentes penales no debo tomarlos como un factor agravante, los analizo desde la óptica conductual, observando que en su historial delictivo, Gallinger siempre se encontró en conflicto con la ley por hechos directamente vinculados con actos de violencia o agresiones. Además, también tengo en cuenta lo manifestado por los testigos, quienes durante la audiencia de debate, explicaron la forma frecuente que tiene el acusado de interactuar con el resto de la sociedad, observándolo como una persona que no descarta la agresión como modo de solucionar sus conflictos", explicó el juez.

"Por otro lado, a fin de graduar la pena a imponer, entiendo que el efectivo encierro que implica la imposición de la pena conforme los delitos tipificados, necesariamente obliga a analizar las consecuencias personales que sufrirá el imputado, dado que el mínimo previsto en la escala penal comienza con de diez años de prisión. Conforme el contenido de cada uno de los injustos y la extensión del daño ya analizado, entiendo que ese mínimo legal previsto debe ser superado, dado los elementos negativos expuestos, meritúo como justa y equitativa superar el piso de esa escala, por lo que corresponde imponer una pena de doce años de prisión -tal como solicitó la parte acusadora- por los delitos tal como se encuadraron, que en definitiva, son dos años más que el mínimo previsto para el caso, cuando el máximo es de veinte años de prisión, teniendo en cuenta la relación concursal", finalizó.

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