Santa Rosa | Impulsan venta de terrenos municipales para construcción de viviendas

Ingresó al concejo deliberante de Santa Rosa un proyecto de ordenanza para vender terrenos municipales para construcción de viviendas familiares, con el objetivo de "garantizar el acceso a la tierra, utilizando la misma como bien social", según dicen los fundamentos. Hay alrededor de 400 inmuebles pertenecientes a la comuna. (Foto Archivo)


El proyecto fue presentado por el bloque del Frepam. Propone crear un registro municipal de bienes inmuebles que estará compuesto por todos los inmuebles propiedad privada de la municipalidad de Santa Rosa, que serán destinados a la venta para la construcción de viviendas.


A su vez, propone crear un registro de interesados donde se inscribirán las personas que cumplan con los requisitos exigidos: no poseer otro inmueble o propiedad a su nombre, no estar en situación de morosidad con la municipalidad de Santa Rosa por ningún concepto, no tener inhibiciones civiles o penales.

Vivienda única

Los potenciales interesados solo podrán acceder a la compra de un único terreno, que será destinado a la construcción de vivienda única. El Concejo Deliberante deberá aprobar en cada oportunidad, la ordenanza que autoriza la venta de terrenos.

El valor de los bienes inmuebles que se encuentran dentro del registro municipal se establecerá entre el 80% al 50% del valor de mercado, obtenido mediante tasación fijada por el Tribunal de Tasación Municipal.

La venta de cada terreno se realizará bajo la modalidad de pago contado, salvo que la tasación establecida en el artículo anterior sea inferior a 15.000 UF, en cuyo caso la modalidad será financiada en cuotas.

Deberá darse publicidad al menos una vez, en un medio gráfico de distribución masiva de la ciudad de Santa Rosa, de los terrenos que salgan a la venta, y el valor de los mismos.

Sorteo

Para establecer un orden entre los y las posibles adquirentes, se realizará si correspondiera en virtud de la cantidad de inscriptos, un sorteo ante escribano público, entre todos los inscriptos en el registro de interesados, en un número igual al doble de la cantidad de terrenos que salgan a la venta, divididos entre titulares y suplentes del sorteo.

Contrato
Quienes hayan resultado adquirentes, deberán suscribir con la municipalidad de Santa Rosa, un contrato de compraventa del terreno y será el Departamento Ejecutivo el que determinará mediante la reglamentación las cláusulas legales y condiciones de pago y plazos, de acuerdo a los alcances establecido en la presente ordenanza.

Dicho contrato de compraventa deberá contener las siguientes cláusulas particulares, que obliga a cumplir al adjudicatario, bajo pena de resolución del contrato ante el incumplimiento de cualquiera de ellas: construir una vivienda con destino a uso familiar, el plazo general para que los adjudicatarios construyan sus viviendas será de cinco años. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá en cada caso y a solicitud fundada del adjudicatario prorrogar ese plazo por un periodo de dos años.

Además, el adjudicatario no podrá vender, ceder, transferir o donar el mencionado bien inmueble por el lapso de diez años a partir de la entrega de la posesión, siendo nulos de nulidad absoluta los contratos que se hicieren a tal efecto.

Fondo

La ordenanza prevé crear la cuenta especial "Fondo de bienes de capital", que tendrá carácter de afectación específica, la cual estará conformada por el total de la recaudación proveniente de la venta de los inmuebles propiedad privada de la municipalidad de Santa Rosa.

Los fondos de esa cuenta especial se afectarán a la adquisición de tierras, linderos al área urbana prioritaria.

El Departamento Ejecutivo también podrá afectar fondos de la cuenta especial a la atención de la infraestructura urbana.
 
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