Causa Río Turbio | Cuáles son los pasos para el desafuero al diputado De Vido

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Juan Brügge, integrante de la comisión de juicio político de la Cámara de Diputados de la Nación, explicó las etapas para que el ex ministro pierda sus fueros y pueda ser detenido.

Juan Brügge, diputado nacional por Córdoba e integrante de la comisión de juicio político de la Cámara de Diputados de la Nación, explicó a Cadena 3 cuáles son los pasos para el desafuero pedido por la justicia para Julio De Vido, para, posteriormente, ser detenido.

“La Constitución establece que los diputados y senadores gozan de tres tipos de inmunidades: de opinión, no pueden ser molestados por la justicia por sus dichos en el ejercicio de sus funciones; de arresto, no pueden ser apresados, salvo que sean encontrados in fraganti; y de proceso, que no pueden ser objeto de proceso judicial; esta última se modificó en el año 2001”, precisó.

Para ser desaforado:
  • Lo debe autorizar la Cámara de Diputados.
  • El juez debe hacer un pedido formal, donde exprese los motivos de la detención y allí comienza el proceso de desafuero.
  • El pedido del juez lo recibe el presidente de la Cámara de Diputados, quien lo deriva a la Comisión de Asuntos Constitucionales.
  • Los diputados analizan los motivos del juez para ordenar la detención. De haber peligro de fuga o si el diputado en cuestión pudiera entorpecer el proceso judicial, el dictamen podría ser favorable.
  • Si el dictamen es favorable pasa a la Cámara de Diputados y, en un sola y única sesión especial se resuelve.
  • Todo el procedimiento no puede superar los 60 días.
  • Se requiere una mayoría calificada de dos tercios de los miembros presentes de la Cámara de Diputados para aprobar o desaprobar el desafuero.
  • No es necesario darle al diputado el derecho de defensa, porque no es un juzgamiento. Sigue siendo diputado pero sin el fuero de arresto.
  • El diputado en cuestión debería abstenerse de votar, porque puede haber un beneficio personal.
Si se aprueba el desafuero, inmediatamente el diputado queda a disposición de la justicia, y el juez puede ordenar la detención o la limitación de la libertad.

Brügge hizo una aclaración, en referencia al intento fallido de exclusión de De Vido. “La exclusión significa que se lo destituye como diputado, con el desafuero sigue siendo diputado, pero no tiene la protección de la inmunidad de arresto”, detalló.

Para cerrar, indicó que “el desafuero vence cuando el juez ordena la liberación de la persona”.

Cadena3

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